CONVALIDACIÓN DE NACIONALIDAD BOLIVIANA POR MATRIMONIO

OBJETO DEL TRÁMITE

Podrán solicitar la convalidación de la nacionalidad boliviana por matrimonio, las personas extranjeras que hayan contraído matrimonio con boliviana o boliviano antes de la vigencia del D.S. Nº 24423 de 29/11/1996, que se encuentren en situación legal en el país, con dos (2) años de permanencia ininterrumpida, bajo supervisión del Estado, que manifiesten expresamente su voluntad para convalidar la nacionalidad boliviana y cumplan los requisitos. Es otorgada por la DIGEMIG. Este derecho no se perderá en casos de viudez o de divorcio.

 

REQUISITOS

 

  1. Nota dirigida a la Dirección General de Migración, manifestando su voluntad expresa de que se convalide su nacionalidad boliviana por matrimonio.
  2. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de inicio de trámite de convalidación de nacionalidad boliviana por matrimonio, obtenido de las oficinas o sitio web de la Dirección General de Migración.
  3. Cédula de Identidad Boliviana original y una fotocopia simple para su contrastación.
  4. Pasaporte Boliviano, si cuenta con el mismo y una fotocopia simple para su contrastación (el documento original será devuelto una vez se verifique)
  5. Certificado emitido por el Servicio de registro Cívico – SERECI, que acredite que el solicitante no registra partida de nacimiento boliviana.
  6. Demostrar una permanencia de (2) dos años ininterrumpida en el país, presentando cualquiera de los siguientes documentos:
  1. Certificación de registro en el Padrón Electoral o Certificados de Sufragio.
  2. Certificado de nacimiento de hijo(s) o hija(s) nacidos en Bolivia y fotocopia simple de la Cedula de Identidad vigente emitida por el servicio general de Identificación personal SEGIP  de hija (s) y/o hijo (s) boliviano(s).
  3. Documentos originales de estudio, trabajo o jubilación.
  4. Otros.
  1. Certificado de nacimiento original y su traducción si corresponde apostillados o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia o copia legalizada del Certificado de nacimiento y su traducción si corresponde apostillados o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  2. En caso de que el matrimonio civil haya sido celebrado en Bolivia: Certificado de Matrimonio original otorgado por el Servicio de Registro Cívico SERECÍ.

En caso de que el matrimonio haya sido celebrado en el exterior: Certificado de   matrimonio original y su traducción si corresponden apostillados o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

  1. Cédula de Identidad de la o el cónyuge boliviano y una fotocopia simple para su contrastación. En caso de que este documento no se encuentre en los registros del SEGIP, no cuente con este documento o la o el cónyuge boliviano hubiere fallecido, la o el solicitante deberá presentar certificación emitida por esta entidad.
  2. Croquis del domicilio
  3. Fotografía actual tamaño 4x4 fondo blanco.
  4. Constancia de pago del costo del trámite.

 

COSTO

Costo en UFV's: 310

Costo en bolivianos: Bs.- 781.00