PERMANENCIA TEMPORAL POR SALUD DE 1 AÑO

 

OBJETO DEL TRÁMITE

 

Dirigida a personas extranjeras que se encuentren en territorio boliviano con tratamiento médico especializado. Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular o de la permanencia transitoria. Tiene una vigencia de un (1) año, prorrogable por periodos similares hasta la culminación del tratamiento médico especializado. A partir de los 2 (dos) años la permanencia no constituye residencia ininterrumpida.

 

Bajo esta modalidad migratoria no se puede obtener la permanencia definitiva.

 

REQUISITOS

 

Pasaporte vigente. (COPIA Y ORIGINAL)

 

Sello de ingreso o admisión (Grupo I de Países), o visa Consular o la emitida por la DIGEMIG o permanencia transitoria según corresponda. (Parágrafo I, Art. 19 D.S. N° 1923).

 

En caso de renovación:

 

Permanencia temporal de un (1) año vigente.

 

En caso de prórroga:

 

Permanencia temporal de un (1) año vigente.

 

Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

 

Certificado Médico que acredite el tratamiento especializado, emitido por el médico especialista con registro en el Colegio Médico de Bolivia.

 

Documentación vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales (no aplica a menores de 14 años de edad y a los que son inimputables de acuerdo a la legislación de su país de origen o de última residencia):

 

En caso de inicio de permanencia temporal:

 

Certificado de Antecedentes INTERPOL. (No aplica a menores de 14 años de edad y a los que son inimputables de acuerdo a la legislación de su país de origen o de última residencia).

 

Certificado de Antecedentes Penales (REJAP) (en caso de haber permanecido en Bolivia bajo otra condición migratoria por el lapso de tiempo de 6 o más meses).

 

En caso de haber permanecido en territorio boliviano por más de 180 días o realizar la prórroga de su permanencia:

 

Certificado de Antecedentes policiales emitido por la F.E.L.C.C. y F.E.L.C.N.

 

Certificado de Antecedentes Penales (REJAP).

 

Solvencia económica acreditada mediante declaración Jurada, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

 

Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante de la visa consular.

 

Contrato laboral o civil.

 

Ingresos por concepto de alquiler y/o venta.

 

Otros relacionados.

 

 

Fotografía actual (4x4 fondo blanco)

 

Registro domiciliario, que se puede llenar en nuestra página web, en la Pestaña de Sistema de Gestión Migratoria.

 

Croquis de domicilio.

 

 

COSTO

 

Hasta un (1) año y su prórroga 460 UFV´s

Hasta un (1) año y su prórroga para menores de 18 años 310 UFV´s

 

COSTO BOLIVIANOS

 

Hasta un (1) año y su prórroga Bs.-1.159.

Hasta un (1) año y su prórroga para menores de 18 años Bs.-781.

 

Una vez autorizado el trámite, este deberá ser pagado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN, también puede pagarse mediante Código QR.

 

Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos debidamente legalizados y/o apostillados (No aplica a extractos bancarios o comprobantes de envío de dinero).