AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL DE DOS (2) AÑOS PARA CIUDADANAS Y CIUDADANOS CHILENOS (EN EL MARCO DEL ACUERDO SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE)
OBJETO DEL TRAMITE
Residencia Temporal de dos (2) años para ciudadanos y ciudadanas chilenos que realicen la solicitud vía web en el marco del Acuerdo de la Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile, considerando el Acuerdo Migratorio entre el Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Ministerio del Interior y Seguridad Publica de la República de Chile a través de Subsecretaria del Interior entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Republica de Chile.
Así mismo podrán acogerse los nacionales chilenos que hubiesen sido admitidos como residentes transitorios o temporales en territorio boliviano o tengan una condición migratoria irregular, y que presenten la documentación requerida.
REQUISITOS
Pasaporte o Cédula de Identidad válida y vigente. (ORIGINAL Y COPIA).
Certificado, legalizado o apostillado, que acredite carencia de antecedentes judiciales, penales y policiales en el país de origen o en los que hubiera residido eI o la peticionante durante los últimos cinco años anteriores a su arribo al país. (No aplica a menores de 14 años de edad).
En caso de que la o el solicitante declare haber residido en Bolivia de manera irregular durante los últimos cinco (5) años, deberá presentar certificado de antecedentes penales emitido por el REJAP (No aplica a menores de 14 años de edad).
Para menores de 18 años, certificado de nacimiento original, legalizado, o apostillado, que acredite filiación con la persona mayor de edad solicitante a, en su caso, certificado legalizado o apostillado que acredite la custodia.
Registro domiciliario, que se puede llenar en nuestra página web, en la Pestaña de Sistema de Gestión Migratoria.
Fotografía actual (4x4 fondo blanco).
Croquis de domicilio.
COSTO
SIN COSTO