PERMANENCIA TRANSITORIA POR OBJETO DETERMINADO - SALUD

 

OBJETO DEL TRÁMITE

 

Dirigida a personas extranjeras que requieran tratamiento médico especializado en territorio boliviano.

 

Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular. Tiene una vigencia hasta de sesenta (60) días calendario, plazo adicional a los treinta (30) días otorgados en la visa consular de objeto determinado por salud. Habilita a una permanencia temporal de un (1) año.

 

 REQUISITOS

 

Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses. (ORIGINAL Y COPIA)

 

Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

 

Visa consular. No aplica a personas extranjeras que realicen el cambio de condición migratoria en territorio boliviano (Parágrafo I, Art. 19 D.S. N° 1923)

 

Certificación médica original o copia legalizada, que especifique el tratamiento médico especializado que requiere la o el solicitante.

 

Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o certificado de antecedentes policiales internacional emitido por INTERPOL (no aplica a menores de 14 años de edad).

 

Solvencia económica acreditada mediante declaración jurada, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:

 

Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante.

 

Comprobantes de envío de dinero del exterior a nombre de la o el solicitante.

 

Carta notariada que demuestre la dependencia económica, acreditada documentalmente.

 

Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

 

Registro domiciliario, que se puede llenar en nuestra página web, en la Pestaña de Sistema de Gestión Migratoria.

 

Croquis de domicilio.

 

COSTO

 

Hasta 60 días 460 UFV´s

Costo en bolivianos: Bs.- 1159.

 

Una vez autorizado el trámite, este deberá ser pagado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN, también puede pagarse mediante Código QR.

 

Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos debidamente legalizados y/o apostillados (No aplica a extractos bancarios o comprobantes de envío de dinero).

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