REQUISITOS GENERALES
- En caso de personas que cuentan con la condición de refugio:
- . Fotocopia legalizada de la resolución emitida por la CONARE, mediante la cual se otorgó la condición de refugio o certificación que acredite dicho extremo; o documento que acredite fehacientemente su condición de persona refugiada reconocida por otro país emitido por autoridad competente.
- Fotocopia simple de cédula de identidad de extranjero y presentación de la cédula de Identidad de Extranjero original, para su contrastación, la cual será devuelta inmediatamente al usuario(a).
- Autorización de viaje emitida por la CONARE, según corresponda.
- Certificado de carencia de antecedentes penales emitido por el REJAP.
- En caso de personas que cuentan con la condición de apátridas:
- Fotocopia legalizada de la resolución emitida por la CONARE, mediante la cual se otorgó la condición de apátrida a la o el solicitante o certificación que acredite dicho extremo; o documento que acredite fehacientemente su condición de apátrida reconocido por otro país, emitido por autoridad competente.
- . Fotocopia simple de Cédula de Identidad de Extranjero y presentación de la Cédula de Identidad de Extranjero original, para su contrastación, la cual será devuelta inmediatamente al usuario(a).
- Autorización de viaje emitida por la CONARE según corresponda.
- Certificado de carencia de antecedentes penales emitido por el REJAP.
COSTO
- 25 UFV´s
- Costo en bolivianos: 63
- El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
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