RESIDENCIA PERMANENTE PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTES Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR (ACUERDO SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR BOLIVIA Y CHILE).
OBJETO DEL TRÁMITE
Autorizar la residencia permanente a personas extranjeras nacionales de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR que cuentan con una residencia mínima de 2 años.
REQUISITOS
Pasaporte válido y vigente o cédula de identidad o certificado de nacionalidad expedido por la o el agente consular de los países partes y asociados del MERCOSUR. (ORIGINAL Y COPIA).
Constancia de la residencia de dos (2) años vigente, de conformidad a los términos del Acuerdo. (ORIGINAL Y COPIA).
En caso de pérdida o robo de la documentación mediante la cual se acreditaba la mencionada residencia y ésta no se encuentre registrada en los sistemas informáticos de la DIGEMIG: Presentar certificación de permanencia definitiva emitida por la DIGEMIG, previo al inicio del trámite.
Certificado de Antecedentes Penales - REJAP (no aplica a menores de 14 años de edad).
Acreditación de medios de vida lícitos, a través de la presentación de los siguientes documentos:
Si es por trabajo:
En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia, presentar cualquiera de los siguientes documentos:
Contrato de trabajo laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el Ministerio de Trabajo, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – SEPREC, u otro relacionado
Contrato Civil con reconocimiento de firmas y rúbricas ante Notario de Fe Pública, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – SEPREC, u otro relacionado.
En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia:
Declaración jurada que establezca la actividad que desempeña, el lugar donde se establece, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia, otros datos.
En caso de trabajo en virtud de Acuerdo o Convenio Estatal:
Copia simple del Acuerdo o Convenio Estatal.
Además, presentar cualquiera de los siguientes documentos:
Certificación original que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
Carta de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
Copia legalizada del contrato emitido por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
En caso de trabajo en virtud de Acuerdo o Convenio Privado: Presentar cualquiera de los siguientes documentos:
Copia legalizada del Acuerdo o Convenio Privado Interinstitucional donde se establezca el tipo de trabajo que realiza en Bolivia.
Certificación original que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
Carta de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
Copia legalizada del contrato emitido por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
En caso de ser Religioso católico:
Certificado de la Misión, Arzobispado, Obispado, Parroquia o de la Conferencia Episcopal.
Si es por familia:
En caso de parentesco consanguíneo con personas de nacionalidad boliviana que vive en Bolivia:
Presentar documentación que acredite el vínculo consanguíneo: Certificado de nacimiento original o copia legalizada, documento nacional de identidad y copia simple de cédula de Identidad boliviana del pariente consanguíneo (hermano, hermana, hijo, hija) y original para su contrastación. La cédula de identidad será devuelta una vez contrastados los datos
En caso de que los datos de la Cédula de Identidad boliviana no sean coincidentes con los que figuran en el sistema del SEGIP, la o el solicitante deberá presentar Certificación de la Cédula de Identidad boliviana.
En caso de parentesco consanguíneo con personas extranjeras que radican en Bolivia:
Presentar documentación que acredite el vínculo consanguíneo: Certificado de nacimiento original o copia legalizada, documento nacional de identidad, copia de cédula de Identidad de Extranjero del pariente consanguíneo (padre, madre, hermano, hermana, hijo, hija) y original para su contrastación. La cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados los datos.
En caso de parentesco civil con persona de nacionalidad boliviana que vive en Bolivia:
Certificado de matrimonio original debidamente legalizado o copia legalizada, o resolución judicial de reconocimiento de unión libre o copia legalizada, y copia simple de la cédula de Identidad boliviana de la o el cónyuge.
En caso de que los datos de la Cédula de Identidad boliviana no sean coincidentes con los que figuran en el sistema del SEGIP, la o el solicitante deberá presentar Certificación de la Cédula de Identidad boliviana.
En caso de parentesco civil con persona de nacionalidad extranjera que radica en Bolivia:
Certificado de matrimonio original debidamente legalizado o copia legalizada, o resolución judicial de reconocimiento de la unión libre o copia legalizada, y copia de cédula de Identidad de Extranjero del cónyuge extranjero y original para su contrastación. La cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados los datos.
En caso de persona extranjera que contrajo matrimonio con persona de nacionalidad boliviana o extranjera en territorio boliviano:
Certificado de matrimonio emitido por el Servicio de Registro Cívico (SERECI) y copia simple de la cédula de Identidad boliviana o copia simple de la Cédula de Identidad de extranjero y original para su contrastación, de la o el cónyuge que vive o radica en Bolivia.
La cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados los datos.
En caso de dependencia económica:
El respaldo será la declaración jurada que especifique que la persona que está solicitando la permanencia definitiva, depende económicamente de la persona que radica en Bolivia.
En caso de afinidad:
El respaldo será el o los Certificados de parentesco correspondientes debidamente legalizados de ambas partes (Ej.: Suegra, suegro, yerno, nuera, cuñado, cuñada, etc.).
En caso de tutela:
El respaldo será el Certificado emitido por autoridad competente de Bolivia debidamente legalizado.
Si es por otro motivo diferente a trabajo o familia:
Documentación que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano, original y legalizada en los casos que corresponda.
Registro domiciliario, que se puede llenar en nuestra página web, en la Pestaña de Sistema de Gestión Migratoria.
Croquis de domicilio.
Fotografía actual (4x4 fondo blanco).
COSTO
Costo en UFVs: 450
Costo en bolivianos: Bs.- 1.134.
Una vez autorizado el trámite, este deberá ser pagado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN, también puede pagarse mediante Código QR.